sábado, 25 de mayo de 2013

Otro niño discriminado en nombre de la "no discriminación" a los adultos

Elena Liberatori: Una jueza discriminadora de niños


Una pareja, dos padres varones, una familia. PAGINA 12


Otro niño discriminado que no tendrá derecho a conocer a su padre y a su madre reales, en nombre de la "no discriminación" a los adultos. Y, de paso, legalización del fraude de los "dos papás" (y ninguna mamá) y la prostitución de úteros. Gracias a una Jueza a la que le gusta dictar sentencias clandestinas contra el derecho de identidad de los niños para que no se las impugnen. Si los niños pierden el derecho de conocer y responsabilizar a sus padres biológicos dejan de ser personas y los convertimos en mascotas.



La "voluntad procreacional" legitima la voluntad abandónica del que "aporta los gametos" (en castellano viejo, los verdaderos padres). Como ejemplo, en la noticia precedente hay una madre abandónica e invisibilizada. Si bien siempre existió el abandono de los hijos -por muy diversas causas pero generalmente por situaciones de extrema necesidad y escasas para servir al tráfico de niños- la manipulación del niño desde el estado de embrión permite un abandono disimulado y facilita el fraude de identidad. La doctrina de la "voluntad procreacional" como supuesta fuente de filiación no es más que la justificación del abandono. La procreación deja de ser un acto de responsabilidad personal indelegable y se la inserta en el circuito comercial. Desde el punto de vista de la infancia es un giro adultocéntrico de vasto alcance: los niños pierden el derecho a tener padres ciertos reales y responsables a cambio de crear un "derecho al hijo" para los adultos. Este "derecho" no tiene otra forma de satisfacerse si no es con la legitimación del abandono. Y los niños -ahora en categoría de entes abandonables para servir a los adultos, que así sería la nueva definición de "hijo"- pasan a ser mascotas, es decir objetos "elegibles" (discriminables) y dependientes de la tómbola del "amor" del amo adulto, que así devendría una nueva definición de "padre". Si la paternidad es un mero "rol", una "función", a la recíproca debería considerarse que ser hijo también es una "función", una relativización de la dignidad del niño que es la centralidad del proceso en marcha de pérdida de derechos de la infancia que podríamos llamar mascotización de los niños.


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sábado, 11 de mayo de 2013

Lamentable artículo de "La Nación" contra el derecho de identidad de los niños y por la imposición de la disolución de la familia como patrón cultural en las escuelas.

Tres niños discriminados a quienes se les prohibe conocer a su padre masculino. (Fotografía publicada en "La Nación" ilustrando la nota comentada).


El lento adiós a "papá y mamá". LA NACION


"¡Que suerte que vinieron tus dos mamás!" --¿Y tu Papá donde está?-

La invisibilización deliberada del padre o de la madre reales para engañar o pretender engañar a un niño con que tiene "dos papás" o "dos mamás" es una palmaria violación de la convención de los derechos del niño (Articulos 7, 8, y 18) y de los artículos 11 y 12 de la ley 26.061. Lamentable artículo de "La Nación" y señal de alerta sobre la imposición de la disolución de la familia en las escuelas como patrón ideológico dominante.

Con el pretexto de no discriminar a algunos adultos se discrimina a los niños creándose dos categorías: los que tienen derecho irrestricto a conocer quienes son su padre o madre reales y responsabilizarlos por su acto filiatorio y los que carecen de ese derecho porque -con el concurso de un individuo abándonico que traficó su semen u óvulos- están condenados a vivir en el engaño de los "dos papás" o "dos mamás" invisibilizándoles su padre o madre reales y prohibiéndoles conocerlos e iniciar acciones filiatorios contra ellos.

No existen "los hijos de matrimonios homosexuales", son hijos de una anterior relación con un hombre o una mujer o producto del tráfico de semen u óvulos  de un individuo abandónico a cambio de unos pesos o de la prostitución de úteros (eufemisticamente llamada "maternidad subrogada" o vientre de alquiler), niños a los que se va a prohibir conocer a su padre o madre reales, responsabilizarlos e iniciar acciones filiatorias contra ellos.

Existen numerosos niños daltónicos o hipoacúsicos -muchos más que los que conviven con parejas homosexuales- pero a nadie se le ocurriría suprimir los colores del material didáctico o las clases de música. ¿Porqué debería ser diferente en el caso de los niños convivientes con parejas homosexuales? Todos los niños tienen derecho a conocer y responsabilizar a su verdadero padre y madre. La escuela debe "adaptarse" a ese derecho y no modelizar que al niño se lo prive de identidad y se le prohiba conocer a sus verdaderos padres biológicos para ser engañado -o que se pretenda engañarlo- con supuestos "dos papás" o "dos mamás".

En el caso de dos homosexuales masculinos que recurren a la prostitución de úteros también se da el caso de que mezclan su semen para que el niño tampoco sepa quien es el padre masculino. Aunque más difícil, también puede darse el engaño sobre la madre real en el supuesto de parejas de lesbianas. 

Es paradójico y risible que en las escuelas se enseñe a respetar a la naturaleza contra la tala de bosques, la minería abusiva, el calentamiento global y no se empiece por respetar la naturaleza propia del hombre. Los niños tienen derecho a conocer, vivir y responsabilizar a su padre y madre reales.

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