miércoles, 11 de febrero de 2015

Un caso de prostitución de úteros y tráfico de niños en Mendoza, por una "agencia" con pretensión de impunidad.


La agencia a la búsqueda de mujeres pobres para generar niños mascota

Vientre alquilado: denuncia y búsqueda de un bebé mendocino. EL SOL

Un caso de prostitución de úteros y tráfico de niños en Mendoza a través de una "agencia" que se promociona impunemente en internet ("Argentina maternity"). Con abundante y hipócrita fraseología médica esconde que en realidad ofrece sus "servicios" a personas que no tienen diagnóstico de infertilidad alguno, a individuos solos (homosexuales o heterosexuales, aclaran)  que simplemente quieren tener su niño-mascota y que pueden utilizar gametos que no se corresponden con el presunto "padre" o "madre" que se quedará con el bebé. También pueden ser "beneficiarias" mujeres que quieren "cuidar la figura" evitando el embarazo.
Mienten alevosamente anunciando que sus manipulaciones para burlar la identidad de algunos niños son "gratuitas"
Lucran además con las necesidades de mujeres pobres que a cambio de unos pesos están dispuestas a entregar el niño que gestaron durante 9 meses y a que quede expuesto a no saber nunca quienes son su padre o madre real

Este es el enlace a la agencia traficante "Argentina Maternity"

En esa página hablan de "derechos reproductivos" y de un supuesto "derecho a tener hijos". No existe tal derecho. En realidad la convención universal de los derechos humanos reconoce el derecho de "casarse y formar una familia" (art. 16)lo cual significa que se requiere -por lo menos programáticamente y en beneficio del niño- el marco protectorio que da el matrimonio y además obviamente respetando el derecho de identidad del niño, o sea que el "hijo" sea verdaderamente hijo y no un artículo de compraventa.

Ver además mi trabajo

Del hijo como responsabilidad al hijo como "derecho". Del niño persona al niño mascota

El procedimiento de supresión o alteración de identidad de los niños así generados encuadra sin más en las previsiones del artículo 139 del codigo penal

ARTICULO 139.- Se impondrá prisión de 2 a 6 años:
.........
2. Al que, por un acto cualquiera, hiciere incierto, alterare o suprimiere la identidad de un menor de 10 años, y el que lo retuviere u ocultare.
ARTICULO 139 bis - Será reprimido con reclusión o prisión de 3 a 10 años, el que facilitare, promoviere o de cualquier modo intermediare en la perpetración de los delitos comprendidos en este Capítulo, haya mediado o no precio o promesa remuneratoria o ejercido amenaza o abuso de autoridad.

Incurrirán en las penas establecidas en el párrafo anterior y sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, el funcionario público o profesional de la salud que cometa alguna de las conductas previstas en este Capítulo.




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